Luz verde hacia un nuevo reglamento para el uso y funcionamiento de los centros juveniles del municipio

Los centros juveniles ‘Los Molinos’ e ‘Isajove’ son dos espacios de referencia y encuentro para la población juventud sanvicentera, tanto que el pasado pleno de octubre aprobó inicialmente el Reglamento de uso y funcionamiento de los Centros Juveniles.

Un reglamento dependiente de la Concejalía de Juventud y que tiene como objetivo, no solo el estructurar de manera adecuada uso y funcionamiento de los espacios juveniles recreativos, sino, también, los derechos y las obligaciones de las personas usuarias de las mismas y las actividades que en ellos se realicen.

Lucía Rubio, concejala de Juventud, ha explicado que contar con un reglamento permitirá a la juventud sanvicentera disfrutar de los recursos juveniles de una “manera óptima”. Según ha remarcado la concejal de Juventud, “este reglamento es una herramienta que permite el correcto desarrollo para facilitar información de interés a la juventud”.

Un espacio de referencia

Actualmente, en los dos centros juveniles del municipio se desarrollan actividades y programas encaminados a cubrir necesidades de ocio saludable de la población juvenil del municipio. Motivo por el que el Reglamento de uso y funcionamiento de los Centros Juveniles pretende impulsar la participación de la juventud en el desarrollo del municipio, favoreciendo el tejido asociativo juvenil y la formación integral.

El resultado del reglamento

Este reglamento es el resultado del trabajo previo realizado por la Concejalía de Juventud. Según ha puesto en valor la concejala de Juventud, “su creación procede de la participación y de las propuestas del personal de los centros ‘Los Molinos’ e ‘Isajove. Son ellas quienes conocen las necesidades de los dos centros del municipio, así como por la estrecha cercanía diaria que poseen con los y las jóvenes que visitan”.

Los siguientes pasos

Tras la aprobación del pleno, el reglamento se encontrará durante un mes de exposición pública por el plazo de 30 días hábiles tras la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia. Una vez aprobado definitivamente, deberá publicarse en el Boletín Oficial de la Provincia para su entrada en vigor.