La Junta de Gobierno Local ha dado el visto bueno a los informes del Departamento de Arquitectura y del Servicio Jurídico que permitirá la modificación nº2 del Plan Especial de la Universidad de Alicante
La Junta de Gobierno Local Ayuntamiento de San Vicente del Raspeig emite un Informe Ambiental y Territorial Estratégico favorable de Evaluación Ambiental y Territorial Estratégica, (EATE), del Plan Especial de la Universidad de Alicante, cuya modificación permitirá eliminar la prohibición del uso docente de la parcela 37 y ubicar instalaciones del campus en el edificio en donde, ahora, se encuentra el antiguo Colegio Mayor de la Universidad de Alicante.
El Informe Ambiental y Territorial Estratégico favorable de Evaluación Ambiental y Territorial Estratégica (EATE), respalda la Modificación Puntual nº 2 del Plan Especial de la Universidad de Alicante, al considerar que no tiene efectos significativos sobre el medio ambiente. La modificación permitirá la eliminación del apartado 4.8.3, que hace referencia a las normas particulares del área residencial, que prohíbe el uso docente de este área residencial.
La petición de la tramitación de este informe fue realizada por la Universidad de Alicante como promotora de la iniciativa al Ayuntamiento de San Vicente del Raspeig, el pasado 17 de marzo y tan solo afecta al apartado referido, manteniendo inalteradas el resto de las condiciones urbanísticas de la parcela 37, calificada con la clave 10.
El alcalde y concejal de Urbanismo, Jesús Villar, ha explicado que se trata de la contestación a una petición de la Universidad, que necesita de ese espacio para dar clases en el campus de San Vicente. “Es una demostración más de la colaboración entre el Ayuntamiento y la Universidad en una ciudad universitaria como la nuestra”, ha concluido.
La modificación puntual del Plan Especial de la Universidad de Alicante cuenta con el informe favorable a la preceptiva consulta a la Consellería de Innovación Universidades, Ciencia y Sociedad de la generalitat Valenciana, con el visto bueno a la solicitud y posterior tramitación urbanística con sometimiento previo a exposición pública, informes y aprobación por el pleno municipal.